I. MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU SECRETARIA MUNICIPAL
ACTA N° 171 CONCEJO MUNICIPAL
SESION EXTRAORDINARIA. En Pichilemu, a veintitrés días del mes de septiembre de 1998, siendo las 17.10 horas, se abre la sesión presidida por el Alcalde Sr. Jorge Vargas González, y con la asistencia de los Concejales Sres. Pedro A. Polanco Contreras; Washington Saldías González; Mariano Polanco Galarce; Carlos Leyton Labarca y Mario Bichón Cáceres.
Actúa de Secretario y Ministro de Fe el titular de la Secretaría Municipal, Sr. Jaime A. García Ramírez.
Temario:
1. - Aprobación bases licitación El Rincón.
2. - Solicitud Comité Pro-alcantarillado sector centro.
1.- APROBACION BASES LICITACION EL RINCON .
Luego del análisis correspondiente, los Sres. Concejales prestan su aprobación a las bases de licitación del Equipamiento de Playa denominado "El Rincón", las que forman parte integrante de la presente acta, como asimismo los Lineamientos Generales, Especificaciones Técnicas y croquis del inmueble..
2.- SOLICITUD COMITE PRO-ALCANTARILLADO SECTOR CENTRO .
El Sr. Alcalde explica que se encuentra concluido el proyecto de alcantarillado del sector centro, que favorecerá a 60 familias que viven en las calles Joaquín Aguirre y Angel Gaete, desde Santa María a Federico Errázuriz, el que tiene un costo aproximado de $ 11.000.000.-. Señala que los materiales serán comprados por los beneficiarios, quienes están solicitando que la Municipalidad les aporte la mano de obra. También piden se abra una cuenta especial, para ir depositando la cuota correspondiente de cada vecino, a objeto de que sea la propia Municipalidad quien adquiera los materiales.
La profesional de Obras, Sra. Josefina Toro, informa que el proyecto y el presupuesto no han llegado a la Dirección de Obras. No obstante, por reuniones a las que ha asistido con los vecinos, sabe que no se trata de simples extensiones de alcantarillado, sino de un proyecto más complicado, que requiere de una visación técnica más amplia. Indica que el Ingeniero que hizo el proyecto ofreció su apoyo técnico durante los fines de semana, sin costo para el Municipio. Señala que para nadie es un misterio que el problema más grande de Pichilemu es la falta de alcantarillado, por lo que expresa que la Municipalidad debería realizar los esfuerzos para apoyar este proyecto, una vez que se reúnan los dineros por parte de los vecinos.
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Finalmente, el Concejal Sr. Saldías, quien también ha participado en las reuniones con los vecinos del sector centro, expresa que él conseguirá la, carpeta con el proyecto de alcantarillado con su presupuesto, para que sea ingresada a la^Dirección de Obras Municipales. Posteriormente a este trámite, la profesional de Obras emitirá su opinión.
Sin tener otro tema que tratar, se levanta la sesión a las 18.45 horas.
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I. MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU SECRETARIA MUNICIPAL
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA EL LLAMADO A PROPUESTA PUBLICA PARA LA CONCESION DE EQUIPAMIENTO DE PLAYA PRINCIPAL
1. - OBJETIVOS.
Licitar en propuesta pública a título oneroso la concesión de un Equipamiento de Playa Municipal, mediante la elaboración de un anteproyecto de infraestructura, con sujeción a los lineamientos generales y especificaciones técnicas dispuestas por la Dirección de Obras Municipales, que pasan a formar parte integrante de las presentes bases.
2. - TERRENO DE EMPLAZAMIENTO Y UBICACIÓN.-
El anteproyecto que resulte seleccionado será emplazado en terreno municipal ubicado en el sector Terrazas, zona urbana de la playa principal, contiguo a la Avda. Costanera, cuyas dimensiones se indican en croquis anexo de la D.O.M., adjunto a las especificaciones técnicas.
3. - DEL ANTEPROYECTO.
El anteproyecto deberá ceñirse en todas sus partes, tanto en su infraestructura como en las soluciones sanitarias de agua potable y de electricidad, en los lineamientos generales y especificaciones técnicas.
4. - DE LOS PROPONENTES.
Podrán participar en la propuesta pública las personas naturales y/o jurídicas que hayan adquirido las bases, excepto quienes tengan deudas pendientes de cualquier orden con la Municipalidad, como asimismo, quienes habiendo sido concesionarios anteriormente, no dieron cumplimiento a las obligaciones contractuales con el Municipio.
5. - PERIODO DE VIGENCIA DE LA CONCESION.
La concesión se otorgará por un período de tiempo mínimo de cinco años , prorrogables hasta por cinco años más, como máximo, previo acuerdo del Concejo.
6. - OFERTA MINIMA
La oferta mínima de inversión del anteproyecto de infraestructura será de $ 10.000.000.-. Tendrá preferencia en la adjudicación de la propuesta la oferta que considere una mayor inversión, menor plazo en la ejecución de la obra del anteproyecto, como también menor tiempo de gracia de pago de la concesión.
7. - TIEMPO DE GRACIA.
El tiempo de gracia de pago de la concesión tendrá directa relación con el monto de la oferta y demás aspectos indicados en el punto anterior . Resolución que será sometida a la decisión del Concejo que en ningún caso será inferior a cinco años .
Expirado el período de gracia, el concesionario pagará por la concesión la suma de 200 UF anuales , en dos cuotas de igual valor, que serán canceladas impostergablemente, en los meses de marzo y de diciembre respectivamente.
El monto anual de la concesión será reajustado conforme a la variación del IPC que se pagará conjuntamente con la primera cuota del año siguiente.
Similar procedimiento se aplicará durante todo el tiempo que se encuentre vigente la
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PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las ofertas se presentarán con el máximo de antecedentes posibles, para mejor resolver en sobre cerrado, las que serán recepcionadas por la Secretaría Municipal, el día 26.10.98.-
9.- APERTURA, ANALISIS Y EVALUACION DE LAS OFERTAS.
Las ofertas recibidas se abrirán, analizarán y evaluarán por una comisión designada por el Alcalde, mediante decreto, de cuyo acto se levantará un acta por el Secretario Municipal, en funciones de ministro de fe, el día 27.10.98 a las 1 1 :00 hrs.
10. - ADJUDICACION Y NOTIFICACION DE LA LICITACION.
El acta suscrita por la Comisión y todos los documentos presentados por los oferentes serán puestos a disposición del Concejo, para su estudio y resolución en sesión del día 29.10.98. El Concejo se reserva el derecho de aprobar la oferta que más convenga a los intereses Municipales, requerir mayores antecedentes, o en su defecto rechazarlas todas sin expresión de causa.
Adjudicada la licitación, en el evento que así fuere el oferente favorecido será notificado por el Alcalde, por escrito, dentro del día hábil siguiente.
1 1 . - SUSCRIPCION DEL CONTRATO Y GARANTIAS
El contrato se suscribirá el 02.11.98. Formarán parte integrante del contrato las bases administrativas, lineamientos generales, especificaciones técnicas y aclaraciones, si las hubiere. El contrato respectivo será aprobado por decreto alcaldicio.
Junto con la firma del contrato, el oferente favorecido deberá constituir una "Garantía, Vale vista o Boleta Bancaria", en favor de la Municipalidad de Pichilemu, por un monto equivalente al 10% de su propuesta para responder al fiel cumplimiento del contrato, con vigencia hasta los 30 días siguientes a la fecha de término de la concesión.
12. - ENTREGA DE TERRENO E INICIO DE LAS OBRAS
La entrega del terreno se formalizará a través de la Dirección de Obras, en un plazo no superior a los diez días siguientes de la firma del contrato.
Por su parte el adjudicatario de la concesión deberá en un plazo de 30 días, instalar faenas e iniciar las obras correspondientes, previa presentación, aprobación y pago de los derechos respectivos del expediente por la Dirección de Obras Municipales.
13. - DESTINO DE LAS OBRAS AL TERMINO DE LA CONCESION
La totalidad de las obras de infraestructura, servicios e instalaciones que se construyan en el terreno, consideradas en la oferta del adjudicatario, quedarán a beneficio municipal, al término de la concesión.
14. - CONSUMOS BASICOS Y OTROS TRIBUTOS
Los consumos básicos, contribuciones de bienes raíces, servicio de aseo y cualquier otro tributo municipal o no, a que esté afecto el inmueble durante todo el período de vigencia de la concesión, serán cancelados en su totalidad por el concesionario.
15.- INSPECCION TECNICA
Ejercerá la Inspección Técnica y supervisión de las obras, integralmente, la Dirección de Obras, con amplias atribuciones para exigir la construcción de todas las obras ofrecidas por el adjudicatario, y para resolver todas las contingencias que pudieran presentarse relacionadas con la infraestructura misma. Cualquier modificación al proyecto en su infraestructura será sometida a la resolución del Concejo.
16. - USO DEL INMUEBLE. INFRAESTRUCTURA CONSTRUIDA
El local será destinado a Equipamiento de Playa, pudiendo funcionar adicionalmente, cumplimiento con todos los requisitos que los servicios competentes le exijan una patente de bar-restaurant o fuente de soda y estacionamiento.
El inmueble no podrá cambiar de uso, subarrendado o cedido su explotación a cualquier título, salvo razones debidamente fundadas del Concesionario que serán sometidas a la resolución del Concejo.
17. - RESCILIACION DEL CONTRATO DE CONCESION
El Concejo por resolución fundada podrá poner término a la concesión, por incumplimiento grave a las cláusulas del contrato; a las bases administrativas; a los lineamientos generales; especificaciones técnicas o instrucciones impartidas por la Dirección de Obras, en cualquier momento, sin derecho a indemnización de ninguna especie, quedando facultado el Municipio de pleno derecho para hacer efectiva la boleta de garantía.
Todas las obras de infraestructura que se hubieren construido en el terreno a la fecha de término anticipado de la concesión y resciliación del contrato, por la causal del párrafo precedente, pasarán integralmente a beneficio municipal y a constituir parte de su patrimonio.
18. - BASES Y ACLARACIONES .
La venta y retiro de bases que tienen un valor de $ 10.000.- incluido impuesto, se hará en la Dirección de Obras, calle Angel Gaete N° 365, desde el 06 hasta el 09.10.98.
Las consultas se formularán por escrito hasta el 13 de octubre de 1998 y las respuestas se entregarán, también por escrito hasta el 15 de octubre de 1998.
Se publicará aviso en periódico de circulación regional por una sola vez el día 26.09.98 en un extracto de las bases.
PICHILEMU, septiembre de 1998.-
JORGE VARGAS GONZALEZ Alcalde